jueves, 24 de mayo de 2007

Aplicación de los Principios en el debate bioético


Los principios de: BENEFICENCIA, NO MALEFICENCIA, JUSTICIA Y AUTONOMIA

Beneficencia


Este principio o concepto evidentemente se refiere a la búsqueda del bien o beneficio del paciente, a la protección de sus derechos, a la obligación de socorro y a las decisiones que requieren a veces un análisis de coste-beneficio en la toma de decisiones terapéuticas, etc. Evitando tratamientos y medidas ineficaces o fútiles. Todo ello se deriva de que cada paciente es un fin último en sí mismo, y nuestra actividad es un instrumento a su servicio.

No maleficencia
Este principio que ya era conocido y formulado desde la época hipocrática, se refiere a la obligación de no hacer daño a los pacientes con la frase conocida de “primum non nocere”. Pero en nuestros días y con los medios terapéuticos actuales el respeto no sólo y absoluto a la vida en abstracto, sino también a la calidad de vida y la voluntad expresada por los pacientes con derecho a su autonomía en las decisiones, generando el respeto a la voluntad expresada en los llamados testamentos vitales, la diferencia entre dejar morir y matar, la aplicación de terapias ordinarias o extraordinarias, dejar morir dignamente, etc.


Justicia
Este principio encierra enfoques tan diferentes, como filosofías o planteamientos ideológicos se adopten. No hace referencia a un concepto penal, civil o rectificador. En muchos casos se plantean disyuntivas de acceso desigual a la atención sanitaria, necesidades desiguales ante recursos limitados, oportunidad de elecciones sobre tratamientos a pacientes en listas de espera, donación de órganos, sin tráfico económico de los mismos, etc. Derecho a un mínimo de asistencia sanitaria, distribución y prioridades en el uso de recursos económicos-sanitarios. Hay que hacer y construir reflexiones constructivas en la política sanitaria, no se puede ser fundamentalista de una teoría ideológica de la justicia, que es insuficiente en la resolución de conflictos y enfrenta a veces prestaciones y financiaciones. Siendo realistas y planteando con eficiencia el gasto sanitario, un sistema sanitario que busque un acceso a la atención sanitaria, en función de las necesidades de los pacientes, antes que otras consideraciones sociales o económicas de desigualdad en el acceso al sistema, corregirá la falta de oportunidades de los débiles o más necesitados.


Autonomía
Este concepto se está abriendo paso en nuestro entorno cultural, con muchas implicaciones referentes a la capacidad de tomar decisiones de las personas, tanto pacientes como sanitarios y armonizando las contradicciones y conflictos.


Aplicación del Principalismo


FISCALÍA INVESTIGA A ENFERMERA Y PARAMÉDICA DEL HOSPITAL IMPLICADAS EN MUERTE DE ANCIANA DE 84 AÑOS
Presunto caso de eutanasia en Los Andes
La Nación
En el coffee break de ese lunes 20 de noviembre, la conversación no fue la de siempre. La salud de Laura Guajardo Guajardo, de 84 años, tenía acongojadas a cuatro funcionarias del Hospital de Los Andes que estaban encargadas de su salud. Entonces, surgió la idea de que la señora, aquejada de una diabetes mellitus que ya le había costado la amputación de una de las piernas, dejara de sufrir. La solución estaba al alcance de la mano.
Eyleen Torrealba Farías, estudiante de enfermería de 21 años, recibió una dosis de insulina de manos de la técnico paramédico químico, Ana Quiroz Rojas, de 49 años, y se la inyectó a la mujer. “Fue una sobredosis letal”, señala el hospital.
Casi un mes después de la muerte de Laura Guajardo, quien llegó al hospital desde el hogar de ancianos Padre Pío de la misma ciudad, el tema se destapó. Una de las funcionarias del recinto que participó en la concertación de los hechos hizo la denuncia al director el pasado lunes. Los antecedentes pasaron a manos de la fiscalía y la investigación, a la Brigada de Homicidios.
¿Se trató de un caso de eutanasia? “No existe elemento alguno que apunte a un concierto previo entre la víctima y la imputada”, responde el fiscal Mauricio Navarro. La eutanasia es un concepto doctrinal que no está reconocido en la legislación chilena. No es un elemento que configure delito y tiene que ver con las motivaciones para causar la muerte. Sin embargo, esa información puede salir en la audiencia de formalización. Eso será mañana.
“De acuerdo con los antecedentes que manejamos, acá se está en presencia de un homicidio simple o un homicidio calificado”, cuenta el fiscal. Para determinarlo, la fiscalía pidió a la jueza la extensión del plazo detención hasta el jueves y solicitó nuevas diligencias a Investigaciones que permitan determinar la concurrencia de elementos, como la premeditación. Navarro también comentó que no tiene denuncias anteriores de un caso similar.
Ayer se efectuó el control de detención. Eyleen Torrealba y Ana Quiroz Rojas quedaron en prisión preventiva. La estudiante de enfermería confesó haber administrado una dosis de insulina a Laura Guajardo, pero la defensa arguye que las mujeres inyectaron la insulina para aliviar el sufrimiento de la mujer. No perseguían causarle la muerte.
La dirección de Servicio del Hospital condenó el hecho “contraria a todo principio que privilegia la vida y constituye el quehacer de un Servicio de Salud. En tal sentido, apoya las medidas adoptadas por el director del hospital, y, por su parte, dispondrá de todas aquellas que conduzcan al pronto esclarecimiento de lo sucedido”.
Miércoles 20 de diciembre de 2006


http://www.lanacion.cl/prontus_noticias/site/artic/20061219/pags/20061219214419.html


Dilemas éticos:

1º. Eutanasia: Según nuestra actual legislación la eutanasia es un acto ilegal condenable, y ningún profesional médico puede tomar en su poder la muerte de un ser humano y determinar cuando y como debe morir.

2º Administración de un medicamento sin autorización médica: aliviar el sufrimiento de la Sra Laura fue lo que motivó a estás 2 personas a decidir aplicar una sobre dosis de insulina que no constaba como indicación.

3º Omisión del hecho a sus superiores: La jerarquía fue pasada llevar se descalificó la capacidad de administración de cuidados de profesionales médicos y de enfermería y más aún se guardó silencio posteriormente buscando no responsabilizarse por lo hecho.


Aplicando el principalismo de la bioética, en este caso la autonomía de la señora Laura y su familia (y cuidadores) no ha sido respetada, pues una paciente que ha sido amputada, que sufrió de septicemia con 84 años de edad probablemente no cuenta con el equilibrio psíquico que le permita tomar la decisión de quitarse la vida ayudada por otros debido a su sufrimiento, es más podría plantearse la interrogante pensando que si podría haber sido su decisión de qué habría pasado si esta paciente tenía reales posibilidades de mejorar ¿habría sido su elección morir? Quedará la interrogante.
Ambas imputadas no cumplieron con le principio de beneficencia que plantea que: aún cuando el paciente morirá este recibirá todos los cuidados necesarios que le proporcionen un bienestar y un buen morir de forma natural y con esto saltaron el precepto de No maleficencia, ocasionando la muerte de un ser humano que estaba bajo sus cuidados y su protección.
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